HISTORIA

NUESTRA HISTORIA

Este Estudio se fundó en Resistencia, Chaco, en el año 1974, por el entonces abogado Pedro M. González Gómez, quien desde el inicio acentuó las actividades técnicas, con la atención preferente de los asuntos de derecho civil, materia que en la actualidad sigue siendo la Especialidad que cotidianamente se desarrolla en el Estudio.

Dos años más tarde, se lo mudó a la ciudad de Corrientes, capital de la provincia del mismo nombre, donde actualmente están las Oficinas propias del mismo, sin que en ninguna época se haya interrumpido la prestación de sus servicios profesionales, desplegados siempre, bajo la Dirección responsable de González Gómez , dueño de una aquilatada experiencia nutrida en décadas de profundización y actualización en la especialidad, tanto en la experiencia prolongada como a nivel científico, con lo cual ya asegura, a todos los que acuden en demanda de tales servicios, una calidad que solo puede ofrecerse cuando se conjugan las acciones propias con las de un equipo profesional guiado y humano de excelencia, con logística tecnológica adecuada.

Atendemos con mucha preferencia, los casos complejos, y antes de aceptar un caso, otorgamos invariablemente un Diagnóstico gratuito y completo de resultados posibles, y de conveniencias e inconveniencias relativas a la judicialización del caso concreto que nos propone cada cliente.

Uno de los indicadores de nuestros niveles de calidad y competitividad y grado de experiencia atesorado, lo da el año de fundación del Estudio con el hecho de que en adelante su funcionamiento ha sido ininterrumpido, lo que asociado al currículo vitae del responsable académico, profesional y patrimonial de los servicios prestados, es a la vez, evidente signo de transparencia.

En la actualidad, dicha transparencia en bastante supera lo discursivo, en tanto y en cuanto aparece reforzada no únicamente en nuestra propia historia, porque además está avalada en la cobertura asignada en nuestro certificado de garantía, patrimonialmente enlazada con la firma del fundador del Estudio, lo que entre mucho más, pretendemos que haga de fianza del ideario que poseemos como bandera y al que a la par, lo irradiamos en el Decálogo que orienta el accionar profesional nuestro, y que entre otras normas, pone en vigencia estas:

* Todo Cliente es acreedor de un Diagnóstico de Consecuencias: dictamen de conveniencias e inconveniencias de la judicialización de su caso, y suministrarlo: un debido compromiso profesional;

*El Diagnostico de Consecuencias debe dejar al cliente en auténtica condición de asumirlo bajo su exclusiva cuenta, o de compartir riesgos y resultados con el profesional, o de desistir de su idea o decisión de llevarlo adelante;

* Suministrar invariablemente el Diagnóstico de Consecuencias, es franco signo de transparencia profesional;

* Caso que no se gana, es caso que no se cobra, salvo expreso acuerdo rubricado por el profesional y el cliente.
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